El Ministerio de Trabajo firmó el decreto 639 de 2017 que establece la exención del pago de la matrícula mercantil y la primera renovación para las pequeñas empresas jóvenes que hayan iniciado su actividad económica principal a partir del 2 de mayo de 2016.
La idea es que esta ley promueva la generación de empleo para jóvenes entre 18 y 28 años de edad.
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Los empresarios que deseen beneficiarse de la medida deben tener entre 18 y 35 años, contar con un máximo de 50 trabajadores y activos totales que no superen los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV). Estas condiciones deberán mantenerse para conservar la exención del pago al momento de la primera renovación de la matrícula.
“Los emprendedores deberán acercarse a las Cámaras de Comercio donde recibirán orientación sobre el procedimiento y soportes que se deberán entregar. Las empresas que hayan registrado su matrícula mercantil, por primera vez después del 2 de mayo del 2016, podrán acceder de forma retroactiva a los beneficios si cumplen los requisitos establecidos por la Ley, en consecuencia, las Cámaras de Comercio deberán devolver a dichas empresas los dineros pagados por concepto de la matrícula mercantil”, explicó la ministra de Trabajo, Clara López.
El decreto 639 de 2017, por medio del cual se reglamentó el artículo 3 de la Ley 1780 de 2016, Ley Projoven, se construyó entre los Ministerios del Trabajo; Comercio, Industria y Turismo; la Superintendencia de Industria y Comercio y las Cámaras de Comercio en cabeza de Confecamaras.
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