Así deben ser las salas de lactancia en las empresas

 

El Empleo Noticias
2018-09-06T11:22:37-05:00

Las compañías deben adecuar sus instalaciones para ofrecer a las empleadas en periodo de lactancia un espacio confortable.

Mundo empresarial / 17 de agosto de 2018

Agosto es el mes de la lactancia materna y para hacerla una realidad en los espacios de trabajo en Colombia se desarrolló la Ley 1823 de 2017, en la que se determinó que las entidades públicas y privadas deben tener salas de lactancia amigables en el entorno laboral.

Estas salas deben cumplir con unos parámetros que reglamentó el Ministerio de Salud (Resolución 0002423 de 2018) para ofrecer los mejores espacios a las madres.

La idea de tener estos espacios es que las trabajadoras puedan hacer uso de una sala en su lugar de trabajo para garantizar la hora de lactancia, como lo establece el artículo 238 del Código Sustantivo del Trabajo.

Las salas deben cumplir con especificaciones de higiene, salubridad y una dotación mínima. No se trata de ofrecer una oficina corriente ni mucho menos. Las empresas deben adecuar un espacio físico privado de fácil acceso, cómodo para que las madres puedan cumplir con la extracción y conservación de la leche materna.

Además, deben estar ubicadas en un espacio privado y exclusivo, que no tenga problemas de ruido, polución o humedad y no pueden estar ubicadas cerca de lugares de disposición de residuos o basuras. Y deben tener señalización y conservarse limpias y ordenadas.

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Las salas tienen que contar con ventilación e iluminación natural o mecánica. Los pisos y las paredes deben ser impermeables, resistentes y de fácil desinfección. El espacio debe contar con un mesón o mesa de apoyo, de fácil desinfección. De igual forma, con un lavamanos dentro de la sala o en un lugar cercano.

En el papel todo es detallado. Entre los utensilios, la sala debe estar equipada con un congelador o nevera con congelador, con suficiente espacio para que la leche se guarde de manera vertical.

Asimismo, se requieren sillas con espaldar y apoyabrazos, caneca con tapa, un termómetro, toallas de papel, jabón líquido, cinta de enmascarar o rótulos para los frascos, instructivos de los procesos de limpieza y desinfección y un registro de las usuarias de la sala.

La Ley dice que estas disposiciones deben aplicar en empresas privadas con capitales iguales o superiores a 1.500 salarios mínimos, o aquellas con capitales inferiores a 1.500 salarios mínimos con más de 50 empleadas.

Las empresas privadas y entidades públicas con más de mil empleados tienen dos años para implementar estas salas, mientras que las empresas privadas y las entidades públicas que tienen menos de mil empleados cuentan con un plazo de cinco años.

El Ministerio de Trabajo y entidades territoriales, como las secretarías de salud, son las encargadas de verificar que estas disposiciones se cumplan en las empresas colombianas.

De igual forma, las empresas están llamadas a implementar un plan de capacitación dirigido a mujeres gestantes y madres en lactancia, con la opción de participación del padre o la familia, el cual se realizará por lo menos tres veces al año.

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Laura Lesmes Díaz

contenido@elempleo.com

 

 

 

 

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