De acuerdo con la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), los asalariados cuyo 80 por ciento de los ingresos provenga de una relación o contrato laboral tendrán que declarar renta si en el 2017 recibieron 44’603.000 pesos o una cifra mayor, es decir, si su salario fue mayor a $3.716.916 mensuales.
También las personas cuya compras y consumos fueron mayores a $44.603.000 o si su patrimonio bruto al término de 2017 excedió los $147.366.000.
El plazo máximo para declarar está comprendido entre el 9 de agosto de 2018 y el 19 de octubre de 2018, según los dos últimos dígitos del Número de Identificación Tributaria – NIT, sin tener en cuenta el Dígito de Verificación.
Según Gonzalo Andrés Rodríguez Cañas, director del Programa de Contaduría Pública de la Universidad de La Salle, existen cinco errores frecuentes que cometen las personas al hacer su declaración de renta.
1. Creer que la declaración se debe presentar solamente si se supera un determinado monto de ingresos o de patrimonio, usualmente no tienen en cuenta conceptos asociados a consumos con tarjetas de crédito, compras y consignaciones bancarias las cuales también pueden generar la obligación de declarar.
2. No incluir la totalidad de los bienes poseídos en el periodo declarado.
3. Incluir como deducciones costos y gastos que no tienen relación con la generación del ingreso, por ejemplo: el arrendamiento del lugar de habitación del contribuyente.
4. No calcular el anticipo por el año siguiente en caso de existir la obligación de hacerlo.
5. No efectuar el cálculo de la renta presuntiva si hay lugar a ello.
Para evitar errores y con las modificaciones que rigen para este año por la reforma tributaria de 2016, es mejor consultar a un contador público titulado.
“Si bien es cierto que la Dian cuenta con un programa de educación al contribuyente y canales de atención, hay particularidades que hacen que se requiera de ayuda profesional, en ese sentido la asesoría de un contador público idóneo con las más altas cualidades profesionales, se hace indispensable a fin de evitar errores en la presentación de la declaración de renta y complementarios”, explicó Rodríguez.
Ten en cuenta que para la declaración de la vigencia 2017, se segmenta en 5 cédulas que dividen el origen de los ingresos de cada contribuyente en renta de pensiones, no laborales, de trabajo, de capital y dividendos y participaciones; hay dificultades con la identificación a la hora de clasificar los ingresos, así como las deducciones asociadas a estos.
Los ciudadanos que declaran por primera vez deben tener cuidado de incluir todos los ingresos en el periodo declarado, para ello deben solicitar los certificados correspondientes a las entidades con las que se tuvieron operaciones, para el caso de los empleados el certificado de ingresos y retenciones es indispensable y los extractos bancarios son necesarios para la elaboración de la declaración de renta.
“Lo que no debe hacer jamás es dejar de declarar si se tiene la obligación de hacerlo, la administración tributaria cuenta con la facultad de exigir el cumplimiento de dicha obligación. En ese sentido la no presentación oportuna genera una serie de sanciones e intereses que pueden impactar el flujo de caja del declarante”, indicó.
¿Quiénes deben declarar renta?
De acuerdo con la Dian, los contribuyentes obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta son aquellos:
1. Eesponsables del IVA o del impuesto al consumo.
2. Con ingresos brutos iguales o superiores a $ 44.603.000 en el 2017.
3. Con patrimonio bruto al 31 de diciembre del 2017 superior a $ 143.366.000.
4. Con consumos de tarjeta de crédito mayores a $ 44.603.000 en el 2017.
5. Que hicieron compras y/o consumos con cualquier medio de pago por más de $ 44.603.000 en el 2017.
6. Con consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras acumulados que en el 2017 superaron los $ 44.603.000.
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