Fuente: Colfondos
Deben presentar Declaración de Renta para el año gravable 2006 las personas naturales y sucesiones ilíquidas, responsables del impuesto a las ventas IVA y que se encuentren dentro de los siguientes grupos:
Asalariados
Cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 por ciento de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, y que durante el año gravable exceda los siguientes límites:
? Ingresos Brutos superiores a $66.888.000
? Patrimonio Bruto superior a $89.183.000
Los asalariados no deben incluir ingresos derivados por lotería, apuestas, enajenación de activos fijos, rifas o similares en el computo de los ingresos brutos del año.
Trabajadores independientes
Contribuyentes personas naturales y sucesiones ilíquidas, que sean responsables del impuesto a las ventas, cuyos ingresos brutos provengan en un 80% o más por honorarios, comisiones y servicios, y que durante el año gravable supere los siguientes límites de Ley:
? Ingresos Brutos superiores a $66.888.000
? Patrimonio Bruto superior a $89.183.000
Los trabajadores que hayan obtenido ingresos como asalariados y trabajadores independientes deberán sumar los ingresos correspondientes a los dos conceptos para establecer el límite de ingresos brutos a partir del cual están obligados a presentar declaración de renta.
De menores ingresos y sucesiones ilíquidas
Aquellos que sean responsables del impuesto a las ventas y que durante el año gravable haya obtenido ingresos superiores a:
? Ingresos Brutos superiores a $27.870.000
? Patrimonio Bruto superior a $89.183.000
Adicionalmente se deben considerar los siguientes requisitos a fin de determinar su obligación de presentar declaración de renta:
? Consumos de tarjeta de crédito superiores a $55.740.000
? Compras y consumos superiores a $55.740.000
? Consignaciones bancarias, depósitos, inversiones, financieras en el año superiores a $89.183.000
Recuerde que la fecha en que las personas naturales deben presentar su declaración de renta correspondiente al año gravable 2006 depende de los dos últimos números de su cédula.
A continuación encontrará una lista con los dos últimos dígitos de la cédula y la fecha limite para presentar se declaración de renta este año.
? Del 01 al 05 tienen plazo hasta el 2 de agosto
? Del 06 al 10 tienen plazo hasta el 3 de agosto
? Del 11 al 15 tienen plazo hasta el 6 de agosto
? Del 16 al 20 tienen plazo hasta el 8 de agosto
? Del 21 al 25 tienen plazo hasta el 9 de agosto
? Del 26 al 30 tienen plazo hasta el 10 de agosto
? Del 31 al 35 tienen plazo hasta el 13 de agosto
? Del 36 al 40 tienen plazo hasta el 14 de agosto
? Del 41 al 45 tienen plazo hasta el 15 de agosto
? Del 46 al 50 tienen plazo hasta el 16 de agosto
? Del 51 al 55 tienen plazo hasta el 17 de agosto
? Del 56 al 60 tienen plazo hasta el 21 de agosto
? Del 61 al 65 tienen plazo hasta el 22 de agosto
? Del 66 al 70 tienen plazo hasta el 23 de agosto
? Del 71 al 75 tienen plazo hasta el 24 de agosto
? Del 76 al 80 tienen plaz...
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