El Gobierno creó el Impuesto solidario por el COVID 19 y lo hizo oficial en el decreto 568 del 15 de abril del 2020.
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A partir del primero de mayo de 2020 y hasta el 31 de julio de 2020, los contratistas y empleados de nómina del sector público que reciban más de 10 millones de pesos mensuales, así como las personas con pensiones mensuales de igual o mayor valor, tendrán que hacer un aporte obligatorio que se destinará específicamente para “inversión social en la clase media vulnerable y en los trabajadores informales”.
Habrá alivio en pago de pensión para contratistas y empleados
Las tarifas del impuesto solidario por el COVID 19
Se crearon 4 tarifas, con la salvedad de que al trabajador le dejan libre del impuesto 1'800.000 pesos. Los aportes obligatorios serán:
- Del 15 % para salarios entre 10 y 12,5 millones de pesos.
- Del 16 % para los que ganan entre 12,5 y 15 millones
- Del 17 % para el empleado o contratista con ingresos entre 15 y 20 millones
- Del 20 % para salarios y honorarios superiores a 20 %
El valor del impuesto solidario por el COVID 19 podrá ser tratado como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional en materia del impuesto sobre la renta y complementarios.
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Llamado a hacer aportes voluntarios
El Gobierno instó a hacer aportes a los demás trabajadores y empleados del sector público, para mitigar el impacto causado por el coronavirus en Colombia.
Las tarifas propuestas son las siguientes:
- Con ganancias entre $ 1,7 millones y $ 2,6 millones: 4 %
- Con ganancias entre $ 2,6 millones y $ 4 millones: 6 %
- Con ganancias entre $ 4,3 millones y $ 6,1 millones: 8 %
- Con ganancias entre $ 6,1 millones y $ 8,7 millones: 10 %
- Con ganancias entre $ 8,7 millones y $ 10 millones: 13 %
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