El salario integral en Colombia en 2020 será de $11.411.439, cifra que corresponde a la suma de 10 salarios mínimos mensuales, más un 30% de carga prestacional equivalentes a tres salarios mínimos, tal cual lo estipula la ley 50 de 1990 y el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo (CST).
Para el 2020, el salario mínimo de los colombianos subió un 6% y quedó en $877.803 (sin contar el auxilio de transporte, que fue de $102.854, para un total de $980.657).
Según el artículo 132 del CST, “en ningún caso el salario integral podrá ser inferior al monto de diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional correspondiente a la empresa que no podrá ser inferior al treinta por ciento (30%) de dicha cuantía. El monto del factor prestacional quedará exento del pago de retención en la fuente y de impuestos”.
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Para el cálculo del ingreso base de cotización (IBC) y cálculo de los aportes a seguridad social y aportes parafiscales se debe tomar el 70% del valor total devengado, es decir, el 70% de los 13 salarios mínimos mensuales vigentes.
El salario integral no está exento de las cotizaciones a la seguridad social, ni a los aportes al SENA, ICBF, y Cajas de Compensación Familiar, “pero en caso de estas tres últimas entidades, los aportes se disminuirán en un treinta por ciento (30%)”.
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Las personas que tienen salario integral tienen derecho a vacaciones y a indemnizaciones en caso de despidos sin justa causa. No reciben cesantías, intereses a las cesantías y prima de servicios, que se consideran inmersas en el salario y precisamente por eso se le llama “integral”.
También se incluyen en el salario integral otros beneficios y recargos como trabajo nocturno, extraordinario, primas extralegales, subsidios y suministros en especie.
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