El consumo extra de energía, un plan de datos e Internet significa un nuevo gasto para los empleados que laboran desde sus hogares. Sumado a esto, algunas empresas optaron por no otorgar el auxilio de transporte porque sus empleados no se movilizan a la oficina, inconformidad que fue escuchada por el Gobierno Nacional.
Ante esta situación, el subsidio de transporte pasa a ser un "subsidio de conectividad", que busca "compensar esos costos que está asumiendo el trabajador con el tema de conectividad, ya que va a estar en permanente conexión", afirmó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.
El auxilio de conectividad sería de $102.853, valor equivalente al subsidio de transporte
Custodio Cabrera también recordó que "el Gobierno Nacional con el Ministerio de las TIC, explican en el Decreto 771 de 2020 que el subsidio de transporte se paga a trabajadores que se desplazan de su casa -entre 1000 metros- a su a su sitio de trabajo". Ahora, esto solo aplicará a los trabajadores que están trabajando desde casa.
Esta medida es temporal y hace parte de un conjunto de acciones que funcionarán solamente durante la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social.
"El beneficio de conectividad solo estará disponible para los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales vigentes", anunció el Ministerio de las TIC.
Además, Karen Abudinen, ministra de las TIC, reconoció que "miles de colombianos cambiaron sus hábitos laborales y ahora trabajan desde sus casas, luego de que se iniciara la cuarentena nacional para evitar la propagación del Coronavirus. Teniendo en cuenta esta realidad y para ayudar a solventar los gastos de Internet de los empleados del país, tomamos esta medida que beneficia a los ciudadanos permitiéndoles continuar con sus actividades remotas y aportando al distanciamiento social".
Según el Decreto 771, el auxilio de transporte no es acumulable, al igual que el auxilio de conectividad.
¿A quiénes no cubre el auxilio de conectividad?
El auxilio de conectividad no "cobija a los trabajadores que se desempeñan en la modalidad de teletrabajo, a quienes les seguirán siendo aplicadas las disposiciones de la Ley 1221 de 2008".
Redacción elempleo.com
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