¿Todas las empresas deben tener médico en la oficina?

 

El Empleo Noticias
2019-01-14T13:55:38-05:00

Es importante conocer las funciones que debe cumplir este profesional de la salud y, sobre todo, resolver la pregunta de si es obligatorio o no contar con sus servicios en las empresas colombianas.

Noticias laborales / 11 de enero de 2019

¿Es obligatorio que haya un médico? ¿Será que puedo pedir cita con el médico que viene a la empresa?, ¿será que solo puedo hacer uso del servicio si tengo una afección provocada por mi trabajo? ¿Si me da un paro cardiaco o algo extremo el médico me atiende?

Las anteriores son preguntas que se hacen algunos trabajadores en las compañías. Nubia Patricia Velandia, jefe de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Tiempo Casa Editorial, responde: “no existe una ley que obligue a que como empresa pública o privada se tenga que tener un médico. Lo que sí se debe asegurar es tener unos programas de prevención de enfermedades laborales y accidentes de trabajo, que están enmarcados en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo”.

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Según el Decreto 1072 de 2015 - Decreto Único Reglamentario Sector Trabajo del Ministerio del Trabajo-, el empleador debe mantener las disposiciones necesarias en materia de prevención, preparación y respuesta ante emergencias, con cobertura a todos los centros y turnos de trabajo y todos los trabajadores, independiente de su forma de contratación.

Cuando no hay médico en la empresa, hay brigadistas que se preparan para atender las emergencias que se presenten. Por ejemplo, que a un trabajador le dé un paro o se desmaye.  

Velandia expresa que algunas empresas cuentan con médico con vinculación directa con la compañía, realizan convenios con las cajas de compensación o crean alianzas con las EPS.

El servicio médico de la empresa, por lo general, no está dotado de medicamentos para suministrar.

Lina Paola Quintero Giraldo, médica de la Vicerrectoría de Desarrollo Humano de la Universidad Autónoma de Manizales, dice que la función principal del médico en la empresa es beneficiar y proteger la salud y calidad de vida de los empleados. Además, recomienda a los trabajadores que conozcan muy bien qué tipo de servicio médico oferta la empresa, porque muchas veces ignoran que se brinda consulta prioritaria, consulta programada, o desconocen los programas de promoción de la salud.

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Quintero añade que el empleado debe entender que hay situaciones que no se van a solucionar dentro de la empresa. Por ejemplo, cuando la vida está en riesgo, porque no se cuenta con la habilitación ni con los insumos para hacerlo.

“El médico tiene la potestad para darle incapacidad al trabajador. Pero cuando supera los dos días debe ser validada por la EPS”, aclara Quintero, y agrega que así el médico esté trabajando para la empresa deberá hacer uso de su secreto profesional y no comunicar la situación de salud del trabajador.

Por:Pablo Alejandro Alzate
Contenido@elempleo.com

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