Consultorio Jurídico: ¿Te pueden descontar un día de vacaciones por un permiso laboral?

 

El Empleo Noticias
2019-12-13T15:40:54-05:00

Las vacaciones son un derecho para todo trabajador que cuente con un contrato laboral.

Investigación laboral / 5 de diciembre de 2019

El portal elempleo.com ha podido conocer, por medio de su Consultorio Jurídico Virtual (CJV), complicadas situaciones que viven algunos trabajadores colombianos con sus empleadores y jefes. Entre las dudas recibidas, una usuaria manifestó una evidente violación a sus derechos como empleada.

“Con respecto a los permisos laborales, ¿es legal que la empresa me descuente un día de vacaciones por un permiso laboral, más cuando es un día sábado donde solo se trabaja media jornada?”.

Ante esta inquietud, el CJV contestó que los permisos laborales son un acuerdo para ausentarse -por unas horas- a la jornada laboral y que solo pueden ser concedidos por el empleador.

EL CJV agregó en su respuesta que estos permisos se otorgan de acuerdo con las circunstancias de modo, tiempo y lugar en cada caso, sin que ello implique que se le descuente –al trabajador- el día de trabajo ni tampoco el día dominical, pues se entiende que se otorga por voluntad de la empresa, es decir, por su disposición.

“No es posible descontar un día de permiso como vacaciones disfrutadas y en consecuencia realizar algún tipo de descuento, pues las vacaciones se dan con el fin de que el colaborador restaure su estado anímico y descanse después de un año laborado, y claramente un día es poco tiempo para dicho fin”, comentaron los expertos en materia laboral al CJV.

Según el artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), “los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas”.

En cuanto a la remuneración durante los días solicitados, el empleado devengará el sueldo que esté recibiendo en el momento en que tome las vacaciones. “En consecuencia, solo se excluirán para la liquidación de vacaciones el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y el valor del trabajo suplementario en horas extras”, complementa el artículo 192 del CST.

Otra cosa distinta es que los empleados soliciten vacaciones anticipadas, es decir, días de descanso remunerados antes de cumplir el año de trabajo. En este caso, el empleador acordará o no hacerlo.

Sobre el Consultorio Jurídico Virtual de elempleo.com

El CJV está apoyado por abogados externos que no hacen parte de elempleo.com, y que contestan inquietudes generales de los usuarios que estén registrados en el portal. La asesoría que pueda brindar la herramienta no constituye recomendación, prestación de un servicio, asesoría, representación o consultoría por parte de elempleo.com o de los abogados que absuelven las inquietudes particulares.

Los usuarios son exclusivamente responsables sobre el uso y destinación que se le dé a las respuestas elaboradas por los abogados y publicadas en el portal.

Si deseas participar en el CJV deber seguir estos pasos:

1. Deberás crear un perfil y registrarte en elempleo.com.

2. Redacta tu consulta en un correo con asunto "Consultorio Jurídico", y envíalo a la siguiente dirección: contenido@elempleo.com

3. En el correo debes especificar que aceptas los términos y condiciones de nuestro Consultorio Jurídico. Puedes leer todo el documento aquí

Encuentra por categorías todas dudas resueltas del Consultorio Jurídico de elempleo.com aquí:

 

Pensiones y seguridad social

¿Tengo derecho a pensión si mi empresa nunca me vinculó a seguridad social?


Embarazadas

¿Una mujer embarazada puede trabajar en horario nocturno?

¿Me pueden cambiar de puesto por el embarazo?


Contratos

¿Cómo me reconocen la liquidación si tengo un contrato verbal?

¿Tengo derecho a reubicación luego de trabajar más de 10 años con una empresa?

¿Me pueden retirar sin previo aviso cuanto tengo un contrato por obra-labor?

¿Se puede cancelar un contrato durante el periodo de prueba?

Tuve un accidente laboral y estoy en terapia, ¿pueden terminar mi contrato?


Vacaciones, incapacidades y permisos

¿Es legal que te cobren un permiso en la empresa?

¿Qué pasa si tuve una calamidad familiar y no asistí al trabajo? 

¿Qué pasa si renuncio finalizando mi incapacidad médica?

 


¿Estás buscando un nuevo empleo?

En elempleo.com puedes registrartefiltrar por profesión, ciudad y cargo miles de ofertas laborales. Recibe asesoría personalizada tu hoja de vida, destácala y disfruta de otros beneficios con elempleo VIP.

Finalmente, si necesitas otros consejos para conseguir trabajo, visita aquí nuestra sección de noticias.

Noticias Relacionadas


Ofertas de empleo

EMP1886157894
LÍDER DE CONTABILIDAD ...
Servicio de empleo Comfama
De $4.000.000 a $4.500.000
EMP1886157891
COORDINADOR/A DE FACTU...
Servicio de empleo Comfama
De $4.500.000 a $5.500.000
EMP1886157888
GERENTE COMERCIAL NACI...
Servicio de empleo Comfama

Temas