¿Te suspendieron contrato? Te explicamos cómo acceder al subsidio del Gobierno Nacional

 

El Empleo Noticias
2021-06-22T18:41:08-05:00

Se trata de un auxilio económico de $160.000 pesos mensuales, por tres meses, a trabajadores en suspensión contractual o con licencia no remunerada entre abril, mayo y junio.

Noticias laborales / 2 de septiembre de 2020

*Actualización - junio 2021

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A través del Decreto 770 de 2020, se creó el programa que brinda un ingreso directo a la cuenta de los trabajadores a quienes se les haya suspendido su contrato o estuvieron en licencia no remunerada durante los meses de abril, mayo y junio.

Encuentra aquí el abecé del Decreto 770 de 2020 del Ministerio del Trabajo

Durante tres meses, los beneficiados reciben $160.000 pesos. Según el Ministerio del Trabajo, este programa "se constituirá en un apoyo a las familias que por estas circunstancias originadas en el covid-19 están entrando a la vulnerabilidad".

Este auxilio es financiado con los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME) Mintrabajo -en coordinación con las entidades financieras- es el encargado de hacer el giro.

"Los pagos iniciales se han realizado a quienes cuenten con un producto de depósito activo en establecimientos bancarios, a la fecha se han autorizado 182.855 transferencias, en tres giros, 18 mil de ellas serán abonadas la próxima semana", indicó Mintrabajo el 2 de septiembre de 2020.

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¿Qué se necesita para recibir el subsidio?

Estos son algunos de los requisitos que debes cumplir si deseas acceder al auxilio:

-Ser trabajador dependiente de un empleador que se postule y cumpla los requisitos del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF).

-Devengar hasta cuatro salarios mínimos, equivalentes a $3.511.212.

-Haber tenido suspensión contractual, o licencia no remunerada, por al menos 15 días en los meses de abril, mayo y junio y haber reportado la novedad en la planilla PILA.

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"Más de $56 mil millones de pesos entregará el Gobierno a quienes les suspendieron contratos o tuvieron licencia no remunerada, y son dependientes de postulantes del PAEF", advirtió la cartera laboral colombiana.

Los giros no aplican para personas cubiertas con los programas Familias en Acción, Colombia Mayor, Jóvenes en Acción, Ingreso Solidario o compensación del impuesto sobre las ventas, IVA.

En este enlace podrás saber si puedes recibir esta ayuda. Después, deberás seleccionar el tipo de documento, ingresar el número y allí se te informará si eres beneficiario o no de este auxilio. También encontrarás más detalles del programa.

Recuerda que si tienes inquietudes puedes escribir al correo solucionesdocumental@mintrabajo.gov.co con tu nombre completo, tipo y número de identificación y teléfono de contacto.

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Por: Redacción elempleo.com

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