Sancionada norma contra el acoso laboral

 

El Empleo Noticias
2006-01-26T07:00:00-05:00

Sancionada norma contra el acoso laboral

Noticias laborales / 26 de enero de 2006

Según la norma el acoso laboral es ?toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado por parte de un superior jerárquico, compañero o subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo?.

Asimismo la Ley 1010 define como hostigamiento las siguientes conductas:

? Maltrato

? Persecución

? Discriminación

? Inequidad

? Desprotección laboral

Además, la norma establece que los reglamentos de las empresas deben contener mecanismos de prevención y fijar un procedimiento interno y confidencial, para superar las situaciones de acoso que ocurran en el lugar de trabajo.

Quien ejerza o tolere el acoso deberá pagar una multa que oscila entre dos y diez salarios mínimos legales y cancelar a las Empresas Promotoras de Salud (EPS) y Aseguradoras de Riesgos Profesionales (ARP), el 50 por ciento del costo del tratamiento de enfermedades profesionales, alteraciones de salud y demás secuelas originadas por el maltrato.

Sin embargo, la Ley aclara que si la queja del afectado carece de fundamento se le impondrá una multa de entre medio y tres salarios mínimos legales mensuales, que se descontarán de su remuneración durante los seis meses siguientes a la imposición.

Las denuncias de maltrato laboral pueden presentarse a inspectores de trabajo y policía o la Defensoría del Pueblo.

Redacción elempleo.com

contenido@elempleo.com

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