Receso de los trabajadores

 

El Empleo Noticias
2009-07-08T07:00:00-05:00

Receso de los trabajadores

Noticias laborales / 8 de julio de 2009

Escrito por: José Alejandro Cárdenas, abogado de Cárdenas y Álvarez.

El trabajador que labora jornadas diarias inferiores a la máxima legal, tendrá derecho al reconocimiento de todas las prestaciones de ley derivadas del contrato laboral suscrito.

Es decir que las cesantías y sus correspondientes intereses, la prima de servicios y vacaciones, se realizarán teniendo en cuenta el salario base de liquidación correspondiente para cada caso.

En relación con las vacaciones el numeral 1 del artículo 186 del Código Sustantivo del Trabajo señala lo siguiente:

1. Los trabajadores que hubieren prestado sus servicios durante un (1) año tienen derecho a quince (15) días hábiles consecutivos de vacaciones remuneradas.

De acuerdo con lo anterior, el receso corresponde a un periodo de 15 días hábiles de descanso retribuido, al cual tiene derecho el empleado que hubiese servido al patrono por un año más no a la sumatoria de los 360 días trabajados.

El cálculo del salario base de liquidación para trabajadores por días es el siguiente:

Salario semanal / 7 días = salario promedio día

Salario promedio día * 30 = salario base de liquidación

Si tiene comentarios para el autor escriba a: participacion@elempleo.com

Opine en el debate: ¿Qué se debe hacer para vincular a las personas en condición de discapacidad al mundo laboral?

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