Los subsidios de la reforma laboral

 

El Empleo Noticias
2003-02-24T07:00:00-05:00

Los subsidios de la reforma laboral

Noticias laborales / 24 de febrero de 2003

Además de modificar el contrato de aprendizaje, el monto de las indemnizaciones por despido injustificado y el pago por mora en la liquidación, entre otros aspectos, la ley 789 establece mecanismos para fortalecer el mercado laboral en Colombia.

De acuerdo con las perspectivas del Gobierno, el objetivo es implantar mecanismos de intervención para fomentar el empleo y, de esta forma, contrarrestar los efectos negativos que se presenten en los ciclos económicos.

Apoyo a las Pymes

La ley laboral y de protección social, sancionada el 27 de diciembre de 2002, instaura un subsidio temporal para las pequeñas y medianas empresas que generen nuevas plazas de trabajo para jefes cabezas de hogar desempleados.

El tope máximo de personal, bajo esta modalidad, será definido por el Estado.

Sin embargo, este beneficio solo se otorga a las compañías que contraten empleados adicionales que devenguen un salario mínimo legal vigente. Es decir, 332.000 pesos mensuales.

El Gobierno Nacional, previa aprobación del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), definirá los aspectos puntuales de esta iniciativa, así como las regiones y sectores que tendrán derecho al subsidio. No obstante se dará prioridad a las zonas rurales y, en especial, a aquellas con problemas de desplazamiento forzado o de conflicto campesino.

Legalmente, la entidad encargada de administrar los recursos es el Ministerio de Protección Social.

Asistencia familiar

El régimen de subsidio familiar en dinero es un auxilio para los trabajadores que tengan una remuneración mensual, fija o variable, de hasta cuatro salarios mínimos legales ( 1?328.000 pesos).

Para recibir este beneficio se debe laborar, como mínimo, 96 horas al mes. En caso de tener cónyuge o compañero permanente, los ingresos sumados no pueden ser mayores de 1?992.000.

Concretamente se tiene derecho a este subsidio por hijos menores de edad, sin embargo, después de los 12 años se debe demostrar la condición de estudiante.

También serán beneficiarios del auxilio quienes tengan hermanos huérfanos que no superen los 18 años, convivan y dependan económicamente del trabajador, así como los padres del empleado, mayores de 60 años, cuando no reciban salario, renta ni pensión.

Por otra parte, las personas con discapacidades físicas que dependan del empleado tendrán derecho a doble cuota de subsidio. Esta medida empezará a regir a partir del primero de julio de 2003.

Redacción elempleo.com

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