Llegó el mes más esperado por muchos colombianos, donde las deudas disminuyen de una manera considerable gracias al dinero extra que llega de la prima de servicios. Este dinero suele invertirse en la familia, pago de bienes raíces, viajes, entre otras cosas. Esta prestación social la reciben trabajadores del sector público y privado.
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Sin embargo, este beneficio no será otorgado a todos los trabajadores del país, porque de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo solo lo podrán recibir aquellos que cuenten con un contrato de trabajo a término fijo, indefinido, trabajadores domésticos, choferes de familia, trabajadores por días o de fincas.
¿Quiénes no recibirán la prima de mitad de año?
Aquellos trabajadores que tengan modalidad de contrato como:
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Trabajadores independientes,
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Contrato por prestación de servicios
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Trabajadores transitorios
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Trabajadores con un salario integral
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Trabajadores temporales y aquellos que tienen un contrato de aprendizaje.
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Recuerda que el plazo máximo para que las empresas consignen dicho bono, es hasta el 30 de junio de 2024 y si el empleador no se acoge a esta medida, estaría expuesto a sanciones.
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