En el mes de abril la tasa de desempleo fue del 15,1%. Según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE), ese sería el primer mes desde el inicio de la pandemia en el que se vio una reducción de la población en desempleo, que actualmente es de 3,6 millones de personas. A pesar de las cifras, para muchas personas el panorama no es alentador, por eso aquí te explicamos cómo podrás acceder al subsidio de desempleo si lo necesitas.
¿Quiénes podrán postularse al subsidio de emergencia del Mecanismo de Protección al Cesante?
- Los trabajadores dependientes o independientes que estén cesantes y que durante el tiempo que hayan estado afiliados a las Cajas de Compensación Familiar hubieran estado clasificados en la categoría A y B.
- Aquellas personas que no percibieron una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes y que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un año continuo o discontinuo en el transcurso de los últimos 5 años.
¿Qué se recibe con el beneficio?
- Las personas cesantes que se postulen para recibir el beneficio tendrán acceso a aportes al Sistema General de Seguridad Social en Salud y Pensiones calculado sobre un salario mínimo legal mensual vigente.
- Recibirán la cuota monetaria del subsidio familiar para hijos, hermanos en situación de discapacidad o padres dependientes, en los mismos términos y valores que se venían entregando y en las condiciones establecidas en la legislación vigente aplicable al Sistema de Subsidio Familiar.
- Se le cubrirá una transferencia económica para los gastos, de acuerdo con las necesidades y prioridades de consumo de cada beneficiario, por un valor de dos salarios mínimos mensuales legales vigentes, los que se dividirán en tres mensualesidades iguales.
¿Cómo postularse?
- Se debe acreditar ante la última Caja de Compensación Familiar a la que estuvo afiliado, certificación sobre la terminación del contrato de trabajo, en caso de trabajadores dependientes, o cese de ingresos, en caso de independientes.
- Diligenciar de manera electrónica el formulario único de postulación al Mecanismo de Protección al Cesante. Para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo por este medio, lo podrán descargar en la página web de la respectiva Caja de Compensación Familiar, el cual deben diligenciar, firmar y remitir a la Caja respectiva, conforme lo dispuso la Superintendencia de Subsidio Familiar.
- En el caso en que existan aportes realizados a una Caja de Compensación diferente, se le deberá requerir para que certifique lo pertinente, respuesta que debe dar en un término no superior a tres días hábiles, dentro de los cuales no se suspenderá el plazo para decidir acerca del reconocimiento o no del beneficio.
Recuerda que cada Caja de Compensación Familiar implementará los mecanismos virtuales y asesoría telefónica para recibir información sobre el trámite.
Cabe resaltar también que para el pago de la cuota monetaria del Sistema de Subsidio Familiar, por el tiempo que dure la emergencia, al cesante beneficiario no se le exigirá aportar los certificados de estudio.
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