¿En el proceso de selección te han pedido la prueba negativa de covid-19? Ojo, está totalmente prohibido.
De hecho, tampoco pueden despedirte si resultaste positivo para esta enfermedad causada por el SARS-CoV-2. Asimismo, no estás en la obligación de presentar una prueba con resultado negativo para poder aspirar a un empleo.
Según la Circular 022 del 8 de marzo de 2021, los empleadores del sector privado y público no podrán pedir esta clase de exámenes a sus trabajadores o funcionarios. El ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, dijo que “no puede considerarse una prueba o examen médico un requisito para contratar o mantener un empleo”.
Sin embargo, los empleadores pueden realizar pruebas covid-19 a sus trabajadores por seguridad; eso sí, este debe asumir el costo total de las mismas.
"Cuando la protección de la persona y de la comunidad laboral, así como las condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo lo requieran, el empleador, bajo su responsabilidad y costo, podrá remitir al trabajador ante el personal idóneo para que sea efectuada la prueba SARS CoV-2 (COVID-19), sin que el resultado de esta pueda ser utilizado como causal para terminar la relación laboral", explicó la circular citada.
"Todo {empleador} o empresa están obligados a suministrar y acondicionar locales y equipos de trabajo que garanticen la seguridad y salud de los trabajadores; a hacer practicar los exámenes médicos a su personal y adoptar las medidas de higiene y seguridad indispensables para la protección de la vida, la salud y la moralidad de los trabajadores a su servicio; de conformidad con la reglamentación que sobre el particular establezca el Ministerio del Trabajo" - Artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo
Para finalizar, Mintrabajo solicitó a las empresas conservar y mejorar acciones como los protocolos de bioseguridad para proteger la vida y la salud de los trabajadores, ajustando las medidas de higiene y seguridad en el trabajo.
Redacción elempleo.com
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