Esta es la ley que impulsa el empleo para adultos mayores sin pensión

 

El Empleo Noticias
2020-08-25T18:13:34-05:00

Seis meses es el plazo que tiene el Gobierno Nacional para reglamentar la Ley 2040, lo cual se hará en consulta con el Consejo Nacional del Adulto Mayor.

Noticias laborales / 30 de julio de 2020

"La presente ley tiene por objeto impulsar el empleo de las personas adultas mayores que no gozan de pensión, promoviendo la autonomía y autosuficiencia económica del adulto mayor, garantizando así el envejecimiento activo, satisfactorio y saludable de la población colombiana", se introduce en la Ley 2040 de 2020.

 

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Un apoyo de parte y parte

Con la Ley 2040, las empresas y empleadores recibirían beneficios tributarios si impulsan el trabajo en adultos mayores que no reciben la suma pensional. 

Así, estas empresas podrían "deducir en el impuesto sobre la renta el 120% del valor de los salarios y prestaciones sociales pagados a estas personas durante los años gravables en los que el empleado permanezca contratado por el empleador contribuyente", se aclara en dicha Ley.

Para efectos de acceder a la deducción, el empleador deberá vincular al adulto mayor por lo menos durante un (1) año y con posterioridad a la vigencia de la presente Ley.

Las empresas podrán acceder a estos beneficios y acogerse a la Ley, siempre y cuando, al menos el 2.5% de la planta de personal corresponda a dicha población. 

Así, el Gobierno Nacional está encargado de reglamentar aspectos para forjar dicha ley, entre los cuales están:

 

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1) Estrategias para la promoción del empleo de personas mayores que no sean beneficiarios de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la Ley en el sector público.

2) Tipos de actividades y oficios que pueden asignárseles a los adultos mayores trabajadores cobijados por esta ley.

3) Derechos y obligaciones especiales de las empresas empleadoras que se acojan a esta ley.

4) Procedimiento de verificación del cumplimiento de requisitos por parte de las empresas empleadoras.

 

Para identificar las empresas que particpen y cumplan con esta ley se les otorgará un sello amigable "Adulto Mayor", por parte de Mintrabajo.

 

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¿Quién capacitaría a esta población para laborar? 

Según el artículo luego de que la Ley 2040 sea reglamentada, los "tipos de actividades y oficios que se pueden asignar a las personas que no sean beneficiarias de la pensión de vejez, familiar o de sobrevivencia y que hayan cumplido el requisito de edad de pensión establecido en la ley, se determinará cuáles de ellos se enseñan a través de programas de formación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dispondrá un número exclusivo de cupos para que las personas adultas no pensionadas objeto de la presente ley puedan formarse".

En caso de ser aprobada, las empresas tienen la responsabilidad de certificar con el Ministerio del Trabajo el cumplimiento de los requisitos para acceder a los beneficios contemplados.

 

Para conocer más sobre el proyecto de ley, visita este enlace.


Por: Redacción elempleo.com

Contenido@elempleo.com

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