Escrito por: José Alejandro Cárdenas de Obando Cardenas Garcia
Abogados Asociados.
Relacionadas con 2 puntos fundamentales, las diferencias más importantes entre un contrato a término indefinido y uno a término fijo son:
1. Indemnizaciones
En el contrato a término indefinido, al momento de su terminación, la indemnización por despido sin justa causa, variará dependiendo del tiempo trabajado por el empleado, de acuerdo a las siguientes reglas:
a) Para trabajadores que devenguen un salario inferior a diez (10) salarios mínimos mensuales legales:
? Treinta (30) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
? Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán veinte (20) días adicionales de salario sobre los treinta (30) básicos del numeral 1 por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
b) Para trabajadores que devenguen un salario igual o superior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales.
? Veinte (20) días de salario cuando el trabajador tuviere un tiempo de servicio no mayor de un (1) año.
? Si el trabajador tuviere más de un (1) año de servicio continuo se le pagarán quince (15) días adicionales de salario sobre los veinte (20) días básicos del numeral 1 anterior, por cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero y proporcionalmente por fracción.
Parágrafo transitorio. Los trabajadores que al momento de entrar en vigencia la presente ley, tuvieren diez (10) o más años al servicio continuo del empleador, se les aplicará la tabla de indemnización establecida en los literales b), c) y d) del artículo 6° de la Ley 50 de 1990, exceptuando el parágrafo transitorio, el cual se aplica únicamente para los trabajadores que tenían diez (10) o más años el primero de enero de 1991.
En el contrato a término fijo, la indemnización por despido anticipado sin justa causa opera de la siguiente manera:
"En los contratos a término fijo, el valor de los salarios correspondientes al tiempo que faltare para cumplir el plazo estipulado del contrato; o el del lapso determinado por la duración de la obra o la labor contratada, caso en el cual la indemnización no será inferior a quince (15) días."
2.Duración
Mientras que el contrato a término indefinido, no tiene duración previamente acordada entre las partes, el contrato a término fijo sí tiene un período cierto de vigencia.
Por lo anterior, en los contratos a término fijo, si el empleador no da aviso escrito al trabajador con al menos 30 días de antelación al vencimiento, de su intención de no prorrogarlo, se entiende que el contrato ha sido automáticamente prorrogado por un período igual al anterior.
Y, cuando la duración de cada período es inferior a un año, después de 3 prórrogas, las siguientes solo podrán ser por mínimo un año cada una, sin que haya límite de veces en que el contrato pueda prorrogarse.
Obviamente, el contrato a termino indefinido no requiere de prorrogas para extender su vigencia en el tiempo.
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