Bonos de alimentación exentos hasta 700 mil pesos

 

El Empleo Noticias
2004-05-10T07:00:00-05:00

Bonos de alimentación exentos hasta 700 mil pesos

Noticias laborales / 10 de mayo de 2004

Así mismo, los ingresos recibidos por el trabajador a través de bonos de alimentación no son constitutivos de renta, siempre y cuando lo que se reciba no pase de dos salarios mensuales, es decir 716 mil pesos, tal como lo señaló Mario Alejandro Aranguren, director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

De igual forma, para la empresa o persona que realiza el pago, los bonos significan un gasto deducible del impuesto de renta a pagar. Sin embargo Aranguren explicó, durante una teleconferencia, que esa deducción arranca a partir de cierto monto.

Las leyes

Esta norma está establecida en el decreto 3803 del 2003, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, donde explica que los pagos que se efectúen por concepto de alimentación, ya sea en restaurantes o a través de bonos, son deducibles para el empleador y no significan un ingreso para el trabajador si su sueldo no es mayor a 15 salarios mínimos mensuales vigentes.

También dice que la exención de en retención en la fuente solo cobija hasta dos salarios mínimos al mes, el exceso constituye ingreso tributario del trabajador y está sometido al pago del impuesto por ingresos laborales.

Es así como el trabajador que recibe un millón de pesos en bonos de alimentación, solo paga de retención en la fuente el equivalente a 284 mil pesos, que son el excedente de la suma de dos salarios mínimos legales vigentes.

La Dian también explicó cuáles son las deducciones para los contribuyentes. Los asalariados que no están obligados a declarar renta son aquellos que reciben como salario hasta 60 millones de pesos anuales y no tienen un patrimonio bruto mayor a 150 millones de pesos. Estos empleados pagan sus impuestos con la retención en la fuente que les hacen las empresas.

Además, la ley acepta diferentes formas de disminución de retención en la fuente para el trabajador, como los pagos o cuotas que hace por su vivienda, salud a través de la EPS, medicina prepagada o educación de los hijos.

El contribuyente puede escoger una de estas posibilidades, porque no son beneficios simultáneos.

Redacción elempleo.com

contenido@elempleo.com

Noticias Relacionadas


Ofertas de empleo

EMP1886178340
CAJERO SOLO LOS FINES ...
Sodimac - Homecenter
EMP1886178281
AUXILIAR LOGÍSTICO PAR...
Servicio de empleo Comfama
De $1.000.000 a $1.500.000

Temas