El Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo entregaron los lineamientos sobre aislamientos para personas con síntomas de covid-19 y sobre incapacidades médicas para quienes deben aislarse. Aquí en Elempleo.com queremos explicarte qué hacer en cada caso para que lo tengas en cuenta como empleador o como empresa. ¿Quieres tener una nueva oportunidad laboral?
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A las personas que presenten síntomas respiratorios como flujo nasal, dolor de cabeza, malestar general o fiebre, pero que no sean mayores de 60 años o pacientes con comorbilidades, el médico podrá expedirles una incapacidad temporal sin necesidad de hacer la prueba de covid-19.
¿Cómo paga la incapacidad la empresa?
A partir del día 90 de incapacidad se paga el 66,67% del valor del salario del trabajador. Este es un valor que se lo paga la empresa al empleado y que será reembolsado a la compañía por parte de la EPS.
A partir del día 91 hasta el 180 se pagará el 50% del salario.
Lo que ocurrirá para personas con síntomas de covid-19 pero sin prueba diagnóstica es que se le dará una incapacidad por 7 días de aislamiento.
Para los asintomáticos
El Ministerio de Salud había dicho que los asintomáticos (contacto estrecho de un caso confirmado de covid-19) no debían aislarse, sin embargo, la circular 004 dice que si una de estas personas tiene esquema incompleto de vacunación o no tiene vacuna, debe aislarse siete días desde el primer día de exposición.
Pero los asintomáticos que tuvieron contacto estrecho con un caso de covid-19, pero cuentan con el esquema completo de vacunación, no tienen necesidad de hacer aislamiento alguno y podrán continuar con sus labores cotidianas.
LIVE La Quincena miércoles 2 de febrero 4 pm
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