Empleo temporal: mitos y realidades

 

El Empleo Noticias
2007-11-26T07:00:00-05:00

Empleo temporal: mitos y realidades

Mundo empresarial / 26 de noviembre de 2007

Si se quisiera reunir en un solo sitio a todos los colombianos que tienen un empleo, pero que están por fuera de las normas del Código Sustantivo del Trabajo (CST), habría que fundar una ciudad como Bogotá y anexarle a Medellín, con todas sus comunas.

La razón es sencilla aunque inaceptable: de las 18 millones de personas que laboran, 8,5 están contratadas bajo figuras, que si bien son legales, nada tienen que ver con el CST como las órdenes de prestación de servicio, los contratos sindicales y la afiliación a las Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA).

Las cifras, controvertidas por el Gobierno y por gremios como la Asociación Nacional de Industriales (Andi), son del Observatorio de Coyuntura Económica del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID) de la facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional.

Al debate se pueden aportar otros análisis como el de Fedesarrollo, según el cual en el país más de 5,6 millones de personas devengan menos del salario mínimo, y el informe del profesor Ricardo Bonilla, que indica que los empresarios no utilizan el contrato laboral para ahorrarse entre el 30 y 37 por ciento del costo de la mano de obra, el auxilio del transporte, las prestaciones sociales, los uniformes, la contribución a la seguridad social y la parafiscalidad.

Todo esto tiene un efecto negativo sobre la satisfacción de los empleados y, según Stéfano Farné del Observatorio del Mercado de Trabajo y la Seguridad Social de la Universidad Externado de Colombia, implicaría una gran contradicción: ?las empresas están borrando con el codo (vía insatisfacción de sus trabajadores) lo que hicieron con la mano (vía deslaborización) en materia de costos laborales?.

¿Cuáles son las consecuencias? Farné las resume en cuatro aspectos: baja estimulación a la participación en el mercado del trabajo, mayor ausentismo y reducción de la productividad laboral, aumento en las tasas de rotación de personal y gran impacto sobre la satisfacción de los clientes.

Temporales, una opción

Pero en todo este debate también entraron a terciar las empresas de servicio temporal, que según las cámaras de comercio ya suman 572, aunque no todas se encuentran en operación ?quizá- esperando la aprobación por parte del Congreso norteamericano del Tratado de Libre Comercio.

De acuerdo con Miguel Pérez, presidente de la Asociación Colombiana de Empresas de Servicios Temporales (Acoset), que es el gremio que representa a la mayoría de ellas y sobre todo a las más grandes y antiguas, el problema no es la temporalidad sino las distorsiones que se han venido presentando en el mercado laboral, básicamente por la autorización otorgada a las CTA para suministrar personal.

?Si bien son legales no cumplen con el régimen del Código Sustantivo del Trabajo y actualmente no tienen la obligación explícita de aportar al Sena, al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y a las cajas de compensación familiar?, agrega.

Además, bajo el esquema de las CTA, es el propio empleado quien debe aportar para su seguridad social y, generalmente, no se le reconocen otros beneficios como las vacaciones y primas legales.

?En cambio ?precisa Pérez- las empresas de servicios temporales se ajustan a todas las prerrogativas del CST. (?) Hay un falso argumento: que el trabajador en misión es temporal. Todo lo contrario, pues goza de todas las garantías como cualquier otro empleado?.

Al tener un empleador (la EST) que responde frente al régimen laboral, el trabajador en misión rota para atender los diferentes servicios configurando una estabilidad que se puede llamar ?rotativa?, explica el directivo.

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