Muchos menores de edad se ven obligados a trabajar desde temprana edad para conseguir un sustento y así tener una mejor calidad de vida. Para que eso sea posible se deben tener en cuenta una serie de requisitos.
Según el Código Sustantivo del Trabajo (CST), el artículo 29 dicta que “tienen capacidad para celebrar el contrato individual de trabajo, todas las personas que hayan cumplido 18 años de edad”, esto traduce que es necesario ser mayor de edad para poder trabajar; no obstante, hay excepciones que permiten esta actividad si tener la edad requerida. (Acá puedes registrar tu hoja de vida y encontrar trabajo)
Según el Convenio Número 138 de 1973 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que fija una edad mínima para la admisión de empleo y la eliminación del trabajo infantil, las personas pueden solicitar un trabajo desde que cumplen los 15 años, a excepción de ciertos trabajos considerados como peligrosos; por ejemplo, los que se desarrollan en las minas.
Ahora bien, el trabajo de los adolescentes, según dicta la ley, está sujeto a ciertas normas:
- Que se desarrolle en jornada diurna sin exceder las seis horas diarias y 36 semanales
- Quienes tengan más de 17 años podrán trabajar hasta ocho diarias y 40 a la semana, máximo hasta las 8:00 p.m.
- Si se trata de una mujer embarazada, en esa franja de edad, no podrá exceder cuatro horas diarias desde el séptimo mes de gestación.
De igual forma, la remuneración se hará en función del tiempo trabajado y la actividad desempeñada, sin que el pago sea inferior al salario mínimo legal vigente. Por último, la norma dicta que si se contratan menores de edad los empleadores deben solicitar, junto a los padres, representantes legales o defensores de familia, un permiso de trabajo ante el inspector del trabajo, con todos los documentos necesarios, según la condición del adolescente.
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