Las empresas que deseen implementar el trabajo en casa deben seguir las siguientes pautas de la Ley 2088 de 2021 para que sus empleados trabajen de manera efectiva y saludable.
Suministrar elementos de trabajo para el trabajo en casa
El empleador tiene "la responsabilidad de suministrar todo equipo, elemento, sistema, herramientas de trabajo necesarias para desarrollar la labor está en cabeza del empleador. Sin embargo, las partes pueden acordar que el colaborador disponga sus propios equipos y/o elementos para prestar el servicio", le explicó a elempleo.com Jorge Palacio, abogado asociado de Barrera Palacio Abogados.
Respetar el derecho a la desconexión
Así es, el jefe tiene como obligación respetar los espacios por fuera de la jornada laboral del trabajador. Es decir, el empleado ejecutará su jornada contractual y legal, gozando también de su tiempo de descanso diario.
Con ello, se pretende brindar un equilibrio entre la vida laboral, personal y familiar del trabajador, por lo cual el empleador no debe realizar habitualmente requerimientos por fuera de la jornada de trabajo.
Eso sí, el correo electrónico o medio de comunicación, como los mensajes de WhatsApp, deberán ser atendidos durante la jornada laboral.
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Informar al empleado sobre el 'cambio' a trabajo en casa
Aunque no hay que modificar el contrato de trabajo para hacer valer esta modalidad, el empleador puede "notificar por escrito al trabajador informando que se habilita la figura del trabajo en casa y el plazo en que será ejecutado", señaló Palacio.
Asimismo, el abogado recomendó -como mínimo- entregar copia de la política, la relación de los elementos de trabajo y condiciones para su uso.
Establecer parámetros de esta modalidad dentro de las empresas
No es necesario modificar el reglamento de trabajo, pero sí es obligación tener un procedimiento o política que se adapte a las características y necesidades tanto de la empresa, como del perfil de sus trabajadores y actividades.
Migración al teletrabajo cuando se decida a mediano y largo plazo
Según Palacio, "toda empresa que pretenda en el mediano y largo plazo mantener
la figura del trabajo remoto como modalidad laboral permanente, deberá realizar el proceso de formalización del teletrabajo y regirse por sus disposiciones".
Hay que recordar que el teletrabajo es una modalidad muy distinta a la de trabajo en casa (que surgió por la pandemia). La primera cuenta con su propia política, reglamentos y medidas para establecerse.
Importante: El trabajo en casa se podrá aplicar por un término de 3 meses prorrogables por 3 más. Si persisten las condiciones que lo originaron, este se extenderá hasta que desaparezcan.
Por otra parte, el experto también recordó, como responsabilidad, los siguientes aspectos:
- Pagar el auxilio de conectividad para trabajadores que devenguen un salario igual o inferior a 2 SMLMV, cuya cuantía y efectos prestacionales serán los mismos del auxilio de transporte.
- Establecer como criterio esencial además de la desconexión, la coordinación a través de la cual el empleador establecerá medios y herramientas que faciliten el reporte, seguimiento y evaluación a través de comunicación constante y recíproca.
- Facilitar la capacitación para el uso de tecnología y herramientas que van a ser implementadas.
- Se mantendrán los mismos derechos y obligaciones laborales tanto para el empleador (subordinación, supervisión) como para el trabajador (pagos laborales, derechos sindicales).
- Las ARL deben implementar programas para el cuidado de la salud física y mental.
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