Consulta del usuario:
Yo soy una persona que tengo 61 años cumplidos. A raíz de la pandemia y de acuerdo a los decretos que ha emanado el Gobierno y por ser una persona mayor a 60 años, la empresa en donde trabajo, que está catalogada como de alto riesgo, no pude trabajar y así estoy hasta el día de hoy.
A partir del nuevo decreto del Gobierno, yo creí que podría entrar a trabajar a partir del 1 de septiembre pero la empresa me responde que no me han llamado ya que ellos están en la libre potestad de llamarmen por ser una empresa de alto riesgo.
¿Es eso cierto? ¿En el decreto nuevo del Gobierno hay alguna claridad al respecto o impide que nosotros los mayores de 60 no podamos entrar a trabajar?
¿Si no me dejan entrar a trabajar, y en el supuesto de que ya nada me lo impediría, me deberían de pagar el 100% de mi salario ya que en la actualidad me están pagando solo el 75%?
Respuesta del CJV
En realidad, no existe restricción para los trabajadores mayores de 60 años o que tengan comorbilidades. Sin embargo, queda en cabeza del empleador la facultad de permitir que presten el servicio de forma presencial, pues la recomendación es que en la medida de lo posible se priorice el trabajo en casa.
Ahora bien, si existió una suspensión del contrato es necesario verificar por cuánto tiempo, pues si está vigente el empleador tiene igualmente la facultad de levantar la medida cuando considere o esperar su fecha de vencimiento, con las consecuencias económicas que ello conlleva.
Por lo anterior, se le sugiere al solicitante que presente la carta y petición por escrito a su empleador a fin de que se pueda reincorporar a la empresa con las medias de bioseguridad necesarias.
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