Al momento de salir de una empresa -ya sea por un despido o por voluntad propia- es importante contar con la documentación precisa, que te servirá para buscar trabajo en otro sitio, probar tus aportes a prestaciones y contar con una prueba de que adquiriste experiencia en cierta compañía.
Por derecho, te deben entregar un certificado laboral. La empresa o empleador debe “dar al trabajador que lo solicite, a la expiración de contrato, una certificación en que consten el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado”, advierte el artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo.
¿Sabías que también te pueden practicar exámenes médicos al salir? Así es, si lo solicitas y lo consideras necesario, cuentas con la posibilidad de que te practiquen un “examen sanitario y darte certificación sobre el particular, si al ingreso o durante la permanencia en el trabajo te sometieron a examen médico”, apunta el mismo artículo anteriormente mencionado.
“El empleado puede pedir los certificados del estado de los aportes de seguridad social, prestaciones sociales como pago de las cesantías anuales que se trasladan a los fondos de cesantías o al Fondo Nacional del Ahorro y, si aplica para el caso, puede solicitar aportes parafiscales”, afirmó a elempleo.com Paola Garay, directora administrativa y de RRHH en 3A Consulting.
Ahora, la mayoría de estos documentos deben ir acompañados de –quizá- el más importante, la liquidación del contrato. Generalmente, la liquidación incluye: salarios, tiempo laborado, fecha y motivo de retiro, paz y salvos, prestaciones como vacaciones, cesantías, intereses de cesantías, primas, entre otros.
Si fuiste liquidado, te retiraste y necesitas nuevamente estos documentos, todavía tienes opción de pedirlos. Según Garay, “se puede solicitar copia de los documentos que se entregaron al ingreso de la contratación laboral, siempre y cuando el empleador tenga alguna política específica al respecto, pero algunos estarán en criterio del empleador si los entrega o no, debido a que en el momento del retiro debió darlos y tener una copia con el recibido”.
La certificación laboral se debería entregar cada vez que el exempleado lo necesite. El Decreto 1072 de 2015 establece que “el empleador deberá conservar los registros y documentos que soportan el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) como mínimo 20 años, contados a partir del momento en que cese la relación laboral del trabajador con la empresa”, detalló Paola Sierra, abogada constitucionalista de Adalid Corp.
Tener claro y copia desde un inicio
Sin embargo, algunas empresas tienen ciertas políticas frente a los datos de todos sus empleados y exempleados, dificultando la entrega de copias futuras de estos documentos.
Por ello, es vital “protegerse frente a un posible uso inadecuado de sus datos personales y solicitar copia de la política de tratamiento de datos personales, en caso de que no le hayan suministrado copia al iniciar el vínculo laboral. Lo mismo aplica frente a la copia del contrato que finalizó, acuerdo de confidencialidad y demás documentos, que en la mayoría de los casos estipulan obligaciones aún por fuera del vínculo laboral”, concluyó Sierra.
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