Este cálculo se realiza teniendo en cuenta que el salario mínimo legal para el 2021 quedó en $908.526, con un auxilio de transporte de $106.454, lo que significó un aumento del %3.5% frente al año anterior.
Para empezar, hay que conocer cuáles son esos conceptos que se pagan, directa e indirectamente, al empleado.
Primero, se encuentran los pagos ‘salariales’, compuestos por el salario básico y auxilio de transporte. Según Jorge Palacio, abogado asociado de Barrera Palacio Abogados, “el auxilio de transporte no debe tenerse en cuenta como salarial pero hace base para el cálculo de las cesantías y la prima”.
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Por otra parte, se encuentran las prestaciones sociales, que corresponden a las cesantías, intereses sobre las cesantías, primas, dotaciones y vacaciones.
Además, el empleador también debe hacerse cargo de un porcentaje de los aportes a la seguridad social, es decir, la pensión, salud y la ARL. A esta sumatoria también se incorpora el pago a la caja de compensación familiar.
Aquí te presentamos los conceptos y el total del costo, anual y mensual, de un empleado con salario mínimo:
Concepto |
Valor |
---|---|
Salario mínimo mensual |
$908.526 |
Auxilio de Transporte |
$106.454 |
Pensión |
$109.023 |
Prima de servicios (Provisión mensual) |
$84.581 |
ARL (Nivel I) |
$4.724 |
Cesantías (Provisión mensual) |
$84.581 |
Intereses cesantías (Provisión mensual) |
$10.149 |
Caja de compensación |
$36.341 |
Vacaciones |
$37.858 |
Salud (EPS) |
$77.224 |
Costo mensual aproximado | $1.459.461 |
Costo anual aproximado | $17.513.532 |
"Los parafiscales se calculan sobre el salario, pero no todas las empresas hacen el 100% de los aportes, pues si cumplen con ciertos requisitos de carácter tributario, están exonerados de aportar para el ICBF y el SENA. Solo hacen aportes para Caja de Compensación Familiar", explica Leonardo Mejía, director de la firma Mejía López Estudio de Abogados.
En total, este pago (9%) se distribuye así:
- CCF 4%
- ICBF 3%
- SENA 2%
*Así entonces, los parafiscales (4%), sobre el salario mínimo, corresponden a $36.341. Con ello, el costo mensual aproximado sería de $1.495.802 y el anual aproximado sería $17.949.624.
¿Qué ocurre con la dotación del empleado?
Esta prestación social se les reconoce a aquellos trabajadores que devenguen menos de dos salarios mínimos mensuales legales y que hayan cumplido más de tres meses al servicio del empleador.
En cuanto a su costo, “la legislación colombiana no ha establecido un porcentaje o una manera de calcular el valor de las dotación, por lo cual esta es de libre escogencia por parte del empleador”, explica Palacio.
El artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo dice que “todo (empleador) que habitualmente ocupe uno o más trabajadores permanentes, deberá suministrar cada cuatro meses, en forma gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor al trabajador, cuya remuneración mensual sea hasta dos meses el salario mínimo más alto vigente”.
Así entonces, el experto consultado dice que la dotación se deberá entregar en estas fechas:
- 30 de abril
- 31 de agosto
- 20 de diciembre
¿El tipo de contrato puede afectar estos conceptos?
En el caso del trabajador que gana un salario mínimo, “no hay ninguna afectación para el pago de los conceptos señalados anteriormente por el tipo de contrato, independientemente si son a término fijo, indefinido o por obra y labor”, concluye Palacio.
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Redacción elempleo.com
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