Pregunta: ‘En la cláusula de pago de un contrato de prestación de servicios es posible acordar un valor de hora de trabajo y pagar el valor de las horas que se realicen mensualmente?’.
Respuesta del Consultorio Jurídico Virtual (CJV) de elempleo.com
“Teniendo en cuenta que los contratos por prestación de servicios se caracterizan por una libertad y autonomía administrativa, técnica y financiera, es perfectamente válido pactar entre las partes la forma de causación y pago de honorarios, ya sea por valor mensual, por horas de prestación del servicio e incluso por avances de la gestión delegada.
“Por lo anterior, no hay inconveniente alguno el determinar la forma de pago y su periodicidad siempre que quede expresamente consagrado en el contrato respectivo o en un otrosí.
¿Pueden ponerme a trabajar 12 horas diarias en un contrato de prestación de servicios?
“Cuando se refiere a la posibilidad de tasar los honorarios en virtud a ciertas horas productivas, se hace referencia a la entrega de resultados o cumplimientos de metas y no a un cumplimiento de horario como tal; pues en efecto este tipo de contratos es inexistente por la misma autonomía de la cual se mencionó”.
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