Año nuevo? cifras para tener en cuenta

 

El Empleo Noticias
2007-01-02T07:00:00-05:00

Año nuevo? cifras para tener en cuenta

Investigación laboral / 2 de enero de 2007

Existe una frase de cajón que ha hecho carrera cuando se trata de una reforma en materia de impuestos: ?el gobierno sabe que propone, pero jamás tiene certeza sobre lo que sale del Congreso?. Eso fue lo que sucedió con las modificaciones tributarias que aprobaron Senado y Cámara a mediados de diciembre.

En el proyecto las rentas salariales parecían tener un 2007 para no recordar, pues el articulado inicial concebido por el Gobierno traía de todo:

? Eliminación de los estímulos para el ahorro voluntario en pensiones

? Aumento de la base gravable para el cobro de retención en la fuente

? Exclusiones impositivas para los vales de alimentación

? Reducción de las deducciones para vivienda, salud y educación

Según representantes de algunas organizaciones especializadas en selección de personal (firmas cazatalentos) y empresas de servicios temporales, estas y otras medidas hubiera significado un gran golpe en materia laboral.

Las compañías ?afirmó en su momento un directivo de Acrip- estaban abocadas a varias alternativas: comprometer sus niveles de competitividad al asumir los efectos tributarios, autorizar reajustes salariales para el 2007 muy inferiores a la inflación o adelantar prácticas remunerativas informales.

La más afectada hubiese sido la clase media, porque sobre esta recaería gran parte de la carga impositiva del proyecto original. En medio de todo, lo aprobado en el Congreso es más equitativo, aunque algunas decisiones tienen impacto tanto en empleados como empleadores.

Tal vez lo más notorio de la reforma tributaria en cuanto a rentas laborales es la sustitución de la extensa y compleja tabla de la retención en la fuente por tres niveles incorporados bajo la nueva Unidad de Valor Tributario (UVT).

Este indicador que para el 2006 tiene como base $20.000 será reajustado cada año con base el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que determine el Dane entre octubre de un año y octubre del siguiente.

En términos generales, la base para el cobro de la retención en la fuente se mantiene. Sin embargo, de acuerdo con los pagos laborales gravables, las tarifas de se calcularán así:

? Hasta 95 UVT (1,9 millones de hoy): gravamen cero

? Más de 95 hasta 150 UVT (3 millones): impuesto del 19 por ciento

? Más de 150 a 360 UVT ($7,2 millones): 28 por ciento

? A partir de 360 UVT: 35 por ciento

Beneficios que se mantienen

De otro lado continúa vigente la posibilidad de deducir parte de la retención por los conceptos educación, salud o vivienda.

También se conserva el estímulo tributario por aportes a una Cuenta de Fomento a la Construcción (AFC) y fondos voluntarios de pensión, siempre y cuando no se produzcan retiros antes de cinco años.

De igual forma siguen en pie las ventajas otorgadas a través de los bonos de alimentación.

Inicialmente, todos estos beneficios habían sido ajustados en el proyecto de reforma tributaria, pues comparativamente las rentas de trabajo en Colombia, según el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, están en un rango bajo con relación a los estándares internacionales.

No obstante, desde un principio en las comisiones terceras y cuartas de Cámara y Senado, hubo oposición por el impacto negativo sobre la población asalariada. Así, las medidas se diluyeron a medida que transcurrieron los debates.

Cambios para temporales

La reciente reforma tributaria estableció un IVA de...

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