Desde este domingo 10 de abril y hasta el domingo 17, se celebrará la Semana Mayor o Semana Santa. Como es habitual miles de personas, trabajadores y estudiantes esperan por unos días de vacaciones y de descanso. Por otra parte, muchos deben ir a trabajar y seguir con sus obligaciones.
Para los días 15 y 16 de abril que son jueves y viernes santo, y por ende festivos, la legislación laboral colombiana indica que los días dominicales y festivos que un trabajador labore deben ser remunerados con un recargo del 75% como lo señala el artículo 179 del código sustantivo del trabajo en numeral primero.
Así las cosas, tenga en cuenta que el trabajo dominical y de días festivos debe ser remunerado con el 175%, es decir, con el 100% del valor del salario ordinario más el recargo del 75%.
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