Se terminó el tiempo para las empresas y empleadores que no han hecho efectivo el pago de la prima de servicios de mitad de año. El 30 de junio es la fecha máxima de este primer pago. Miles de trabajadores del sector público y privado que tengan un contrato de trabajo formal tienen derecho a este beneficio.
La prima de servicios se paga como retribución por los beneficios económicos y sociales que obtiene el empleador. El pago equivale a un mes de salario ordinario, por cada año de trabajo, esta se paga en dos momentos: en junio y diciembre. (¿Estás buscando empleo? Registra tu hoja de vida aquí)
Según la Ley 1788 de 2016, las empresas y empleadores deben hacer el pago equivalente a la prima de junio, máximo al 30 de junio.
¿A cuánto equivale la prima de junio?
Esto depende del salario que tenga el trabajador y de los días que haya trabajado durante el año. Para hacer el cálculo se utiliza la siguiente fórmula: el salario base por los días laborados y el resultado se divide en 360. Si la persona laboró menos de 360 días, el cálculo se hace con el número de días trabajados.
¿Qué pasa si no se hace efectivo este pago?
Los empleadores que no se rijan dentro de las fechas estipuladas por la ley para hacer el pago de la prima se exponen a sanciones que puede imponer el Ministerio de Trabajo. (Mira las mejores ofertas de trabajo, solo debes registrarte)
Llegado el caso, de ser necesario, un trabajador puede hacer uso de las herramientas legales, donde un juez podrá ordenar al empleador hacer el pago inmediato del valor de la prima, más el pago de intereses y otras multas por el retraso.
Si este es tu caso, en este link puedes interponer la denuncia ante el Ministerio de Trabajo, exponiendo la situación.
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