Meseros, nadie se puede quedar con el dinero de sus propinas

 

El Empleo Noticias
2018-08-17T16:38:00-05:00

Las empresas no pueden quedarse con el dinero de las propinas o destinarlas a otros gastos del establecimiento.

Noticias laborales / 6 de agosto de 2018

Solo las personas involucradas en el servicio pueden ser las beneficiarias de las propinas, estableció la ley 1935 de agosto de 2018.

Esta es una importante claridad para todos aquellos que trabajan como meseros en el país, para las empresas que los contratan y también para los mismos clientes que quieren gratificar el servicio o producto recibido.

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La ley prohíbe a los propietarios y administradores de los establecimientos intervenir de cualquier manera en la distribución de las propinas, o destinar alguna parte de ellas a gastos que por su naturaleza le corresponden al establecimiento, tales como reposición de elementos de trabajo, pago de turnos, reposiciones de inversión o cualquier otra que no corresponda al pago del trabajador.

También prohíbe retener al trabajador el dinero que le corresponda por concepto de propinas.

Esta ley aplica para todos los establecimientos de comercio dedicados a la prestación de servicio de consumo de alimentos, bebidas y/o espectáculos públicos, y en cualquier otro en que se sugiera pago de propina o haya lugar a ella cuando el cliente así lo determine.

¿Y si hay desacuerdos?

“Si no se llega a un acuerdo por parte de los miembros de la cadena de servicios del establecimiento, las propinas serán distribuidas de manera equitativa entre cada uno de ellos. El empleador será autónomo en los plazos para repartir dicho recaudo, siempre y cuando este tiempo no sea superior a un mes”, dice la ley.

Propinas no constituyen salario

Los ingresos que por concepto de propinas reciben los trabajadores de los establecimientos no constituyen salario y, por consiguiente, en ningún caso se pueden considerar como factor salarial, de conformidad al artículo 131 del Código Sustantivo del Trabajo.

Otros puntos importantes para meseros

- En ningún caso la propina puede superar el 10% del valor del servicio prestado.

- La persona que atiende al cliente siempre debe preguntarle si desea que se incluya la propina en la factura, o que indique el valor que quiere dar por este concepto.

- La propina es el dinero que voluntariamente el consumidor da a las personas que hacen parte la cadena de servicios en los establecimientos comerciales por el buen servicio y producto recibido e independiente del valor de venta registrado.

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